Nociones de Amparo

Por Daniel Vazquez
9 medios de control de la constitución

De caracter contencioso.- Implica un litigio que culmina con una sentencia vinculatoria
De caracter no contencioso.- Las resoluciones que se dictan en estos medios no obligan a las partes

Contencioso

Amparo
Controversia Constitucional
Acción de Inconstitucionalidad
Juicio de Revisión Constitucional Electoral
Juicio para politicos-electorales del ciudadano
Juicio de Responsabilidad

No Contencioso

Facultad de Investigación ante Violación Grave de Garantías Individuales
Juicio Político
Procedimiento ante los organismos protectores de Derechos Humanos

Concepto

El Juicio de Amparo es un medio de defensa o un medio de control que tutela G.I

Ignacio Burgoa: Institucion procesal que tiene por objeto proteger al gobernado contra actos de autoridad que  en decrimentos de sus derechos viole la ley.

SCJN: Es un medio de control constitucional a travez del cual los gobernados pueden impugnar actos de autoridad estatal de caracter definitico que estimen violatorio de sus garantías individuales o que en su perjuicio vulneren el regimen de competencia entre la Federación

Modificación a los artículos 24 y 40 constitucionales ¿Aprobación de la práctica de cultos religiosos en público y privados, y apuntalamiento de la laicidad del Estado?

Por  Daniel Vazquez

Para iniciar el aborde de nuestro tema, impera recapitular los lineamientos que substancian las reformas a los artículos 24 y 40 a nuestra norma fundamental.

A la luz del artículo 24 de nuestra constitución, antes de la reforma, “todo hombre es libre para profesar el credo religioso que más le agrade, así como practicar las ceremonias, devociones o actos que dicha creencia acompaña”, si, y solo si, dichos actos no contravengan al ordenamiento jurídico. En ese mismo sentido, el poder legislativo se encuentra impedido para emitir ley que establezca o prohíba religión alguna. En este menester, si bien es cierto que los actos religiosos son libres de ser practicados cuando no contravienen el imperio de la ley, estos no pueden escapar del ámbito referente a los templos; si se intentase realizar un acto que rebasará los muros de las sedes religiosas, deberán estar sujetos  a la ley reglamentaria y autorización gubernamental.[1]

El capitulo XVII del tratado de libre comercio de américa del norte: Un gran paso en la regulación internacional de la propiedad intelectual

PorDaniel Vazquez


I. Introducción

El presente trabajo tiene como objeto demostrar las importantes aportaciones que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) introduce a la normatividad internacional de la propiedad intelectual. Nuestro análisis se limitará al capítulo XVII de dicho instrumento internacional, las demás  disposiciones normativas dentro del mismo artículado del tratado, así como de otros instrumentos internacionales que indirecta o directamente fomentan la protección de la propiedad intelectual, caen fuera del foco de estudio del presente escrito. Este ensayo en ningún momento pretende resumir la regulación de la propiead intelectual establecida en el TLCAN, no obstante, en nuestro desarrollo enunciaremos ciertos aspectos en particular de la normatividad del tratado, con el fin de ejemplificar y soportar nuestros argumentos. La complejidad de los asuntos que el TLCAN trata, la vasta legislación domestica, así como su vinculación con otros tratados internacionales, exigen un estudio muy profundo y preciso, por ello se advierte al lector que las presentes lineas pretenden demostrar el avance contundente que el TLCAN representa para la propiedad intelectual,  de manera panorámica, más no exhaustiva.

Nociones De Derecho Internacional Público

Por Daniel Vazquez
El concepto de Derecho Internacional público; Es el derecho que rige las relaciones de la sociedad internacional, es el orden jurídico de la comunidad de Estados, es decir, el conjunto de reglas y principios que rigen las relaciones entre Estados.

En antecedentes tenemos son de Mesopotamia, pero ya en una manera más estricta pertenece al Ius Gentum en el Derecho Romano que regulaban los tratos entre extranjeros con Roma y ciudadanos. A partir de Grocio se entiende por derecho de gentes la norma no escrita que regula las relaciones entre los ciudadanos de diferentes Estados

Bienvenida al Blog

Bienvenidos al Blog de su amigo y compañero Daniel Vazquez. Espero que lo disfrutes. Este blog es para compañeros, maestros o personas sin distinción. El objetivo de este blog es que puedas encontrar trabajos de gran utilidad para un mejor entendimiento y criterio de las situaciones que ocurren en el mundo. Esta hecho para todo aquel que quiera obetener un poco de conocimiento sobre diversidad de temas. Espero que les agrade y estoy a sus ordenes. Bienvenido al blog donde tendrás informacion y/o orientacion sobre: derecho, política, economía, cine, musica, libros, videos etc. Este blog tiene como prioridad dar a conocer datos sobre nuestra historia y lo que pasa en la actualidad en cada uno de los ámbitos ya mencionado. Espero que sea de su agrado. Si tienen alguna idea para mejorarlo, alguna pagina que recomienden, o si quieren ayudar a postear, informenme. Si nesecitan informacion solo pidanla y trabajare pará ponerselas en este blog, el objetivo de este blog es ser un complemento de cultura. Siempre nos es necesario un poco de más informacion.