Breve Explicación del Artículo 8vo.Constitucional (Derecho de Petición)

Por Daniel Vazquez

El artículo 8o. de la Constitución Federal asegura la necesaria comunicación entre gobernados y autoridades. Previene que, en el marco de la ley y del respeto, las peticiones o instancias que formulen los sujetos activos de las garantías individuales sean atendidas de modo expeditivo por las autoridades del Estado, con miras a desvanecer la incertidumbre de la seguridad que, en la esfera jurídica, le corresponde a todo gobernado. Se trata, pues, de una obligación positiva a cargo de las autoridades, que deben decir si conceden o no lo solicitado y exponer razones y fundamentos para no dejar al solicitante en estado de incertidumbre jurídica o indefensión.

Las Empresas Transnacionales Como Sujetos de Derecho Internacional Público

Por Daniel Vazquez



Antes de empezar a desarrollar nuestro punto de vista sobre si las empresas transnacionales son o no son sujetos de derecho internacional público, debemos de saber la diferencia entre una empresa transnacional y una multinacional.     
Las empresas transnacionales son sociedades mercantiles que operan en varios países a través de filiales o sucursales teniendo en uno de ellos el centro de las decisiones. En cambio, las empresas multinacionales son aquellas que se encuentran constituidas por dos o más Estados, con capital aportado directamente por ellos mismos o por habitantes de los propios países y que tienen como propósito realizar actividades que redunden en beneficio de las naciones asociadas.

¿Federalismo en Mexico? o ¿Centralizaciòn?

Por Daniel Vazquez



 Este trabajo lo dividimos en cuatro bloques, una breve introducción, un preámbulo histórico, actualidad del federalismo y por ultima una critica constructiva.

La evolución histórica de la organización del Estado Mexicano, implica un minucioso análisis sobre el tema, específicamente sobre la aceptación y adaptación  del Federalismo en nuestro sistema de administración pública. En ese sentido, no existe un Estado que no haya sufrido modificaciones en su forma de organización originaria, ya que los constantes cambios económicos, políticos y sociales de cada país, aunado a las diversas ideologías de los grupos en el poder, originan cambios sustanciales en la organización administrativa, los cuales en muchas de las ocasiones sirven para modernizar al Estado; ya que si un Estado conserva una administración tradicional, sus  ciudadanos demandarían una desatención de los problemas sociales.

¿Mexico y su "nueva" Reforma Politico Electoral?



Por Daniel Vazquez

La Reforma Electoral tiene muchas aristas, pero solo analizaré dos: la creación del Instituto Nacional Electoral (INE) y las Candidaturas Independientes (CI). En ambos casos se habla de progreso para el país, pero en las siguientes líneas argumentaré lo contrario. El principal propósito del INE es orientar mas a la centralización no solo administrativa sino del poder publico. Con la ambiciosa idea de querer transparentar los recursos y con otra no tan mala como la de evitar la manipulación política de los Institutos Estatales, se ha sustentado este cambio. Sin embargo de poco sirve por que la estructura va ser la misma, hombres menos hombres mas, sin embargo, mientras no se desvincule totalmente a los dirigentes de este gran Instituto, tanto de su designación como el procedimiento de asignación de presupuesto electoral, seguiremos viviendo más de lo mismo. 

Breve Explicación del Artículo 6o. Constitucional (Libertad de expresión.)

Por Daniel Vazquez



El Artículo 6to dispone:

“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.”

Breve Explicación del Artículo 7o.Constitucional (Libertad de imprenta.)

Por Daniel Vazquez



El Artículo 7º. Dispone lo siguiente.

“Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene mas limites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.

El Constitucionalismo Iberoamericano

Por Daniel Vazquez



En estás líneas sostendré que el Estado constitucional y el constitucionalismo Iberoamericano de las primeras décadas del siglo XIX constituyen un cuarto modelo, parecido en tanto que régimen constitucional al caso francés, inglés y norteamericano, pero también, distinto, es decir, dotado de ciertas especificidades. Ello ocurrió por la débil recepción de la teoría epistemológica ilustrada, por la pervivencia de la doctrina aristotélico-tomista, por la mantención de la mentalidad estamental escolástica y por la ausencia de una burguesía potente y consolidada en los territorios luso-hispanos.

El Poder Judicial Y Creación de Derecho



Por Daniel Vazquez

El título de este artículo nos indica que los Jueces no sólo juzgan sino también crean derecho. Lo que aquí interesa es iniciar una reflexión que no tiene desarrollo en la historia constitucional, en la dogmática constitucional, en la dogmática procesal, o en la historia institucional del Poder Judicial en el proceso mismo de creación de leyes, es decir, su accionar  a propósito del proceso de formación de la ley. Ya sea en su manifestación más fuerte, a saber, presentando proyectos de ley y debatiendo en el Parlamento, o en su manifestación más débil, como ente que colabora en un organismo encargado de emitir dictámenes sobre proyectos de ley. 

El Pacto Por México.. ¿Rumbo a una democracia liberal?

Por Daniel Vazquez

Analizar todos los puntos de acuerdo sobre el Pacto por México es algo extenso, complicado y muy complejo poderlo resumir y analizarlo en esté pequeño artículo pero sin duda podré hacer un buen ejercicio de aquellos puntos controversiales, que no es necesario hacer un gran anallísis para deducir que sin lugar a dudas se adoptan a la teoría de democracia liberal.

Cuando se habla de democracia liberal, se habla de aquello que inicio parte de en la época de la Ilustración, hablar de democracia liberal es necesario hacer un estudio de Rosseau, Jhon Locke, Habermas, Rawls, el contemporáneo Sartori entre otros.

La democracia liberal la entendemos como una teoría de forma de gobierno en una democracia representativa donde los ciudadanos eligen quienes lo van a gobernar. Creen en la tolerancia, el pluralismo y en la igualdad ante todo. Dan la posibilidad de  coexistir con otras teñirías. Rawls inclusive afirma que la democracia solo es una forma de poder que consiste en la toma de desiciones. Es vivir bajo una Constitución y que todo sea regulado bajo un Estado de Derecho.

¿Tarea Legislativa por parte de los Jueces?


Por Daniel Vazquez

Plantear   la   posibilidad   de   que   los  Jueces   colaboren   en   el   proceso  de creación de derecho, bajo la modalidad de juicio de albedrío, es decir,  que creen normas para salvar vacíos normativos, choca con el principio contemporáneo de la división de poderes. Según las doctrinas y creencias políticas  decimonónicas mas generalizadas, los Jueces no legislan, y no lo deben hacer pues de lo contrario se atentaría contra la ley como expresión de la voluntad general.

Breve Explicación del Artículo 24 Constitucional(Garantía de Libertad Religiosa)

Por Daniel Vazquez



EL Art. 24 Constitucional ordena:

Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que mas le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo en los templos o en su domicilio particular, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.

Todo acto religioso de culto publico deberá celebrarse precisamente dentro de los templos, los cuales estarán siempre bajo la vigilancia de la autoridad.”

Este artículo otorga la libertad religiosa, que según la Segunda Sala de la Corte se refiere a "la libre profesión de una creencia religiosa y a la práctica de ceremonias, devociones o actos del culto, en los templos o en los domicilios particulares, y sólo puede entenderse en el sentido de que todo individuo es libre para practicar las ceremonias o actos del culto de su religión, en los templos que existan abiertos al culto, de acuerdo con las leyes respectivas".[1]

¿Globalización?



 Por Daniel Vazquez

 El término de globalización es un concepto actual en estos tiempos y que ha generado una controversia significativa no por el concepto en sí, sino por todos los actos e instituciones que conllevan en ello. Determina que se han creado instituciones mundiales para orientar los países al desarrollo, administrar en tiempos de crisis; y facilitar la transición económica. Y determina que la medida de apertura de mercados cuando no funciona el FMI que es el primer impulsor de esta medida, esta institución responde que el sufrimiento es necesario. A través de las exposiciones en clase se pude corroborar su grandes intereses, muy ambicioso puesto que el Estado- Nación se ve afectado por la globalización tomando en cuenta que el factor económico es lo más relevante de estas relaciones internacionales y que ante esta necesidad imperante de crecer ha dejado ceder su soberanía a un pequeño sector privado.
                   
El concepto para lo cual entendemos que la globalización consiste, básicamente, en la integración más estrecha de los países y pueblos del mundo, provocada por la reducción de los costos del transporte y la comunicación y el desmantelamiento de barreras artificiales a los flujos de bienes, servicios, tecnología, conocimientos y personas a través de las fronteras.

Y en la Nueva Ley de Amparo...


Por Daniel Vazquez

Días pasados fue aprobada en la Cámara de Diputados la Nueva Ley de Amparo y ante ya su inminente promulgación es necesario hacer un pequeño análisis de sus cambios en cuanto a la forma teórica y practica. Aquí les escribo los cambios mas sustanciales y con una breve explicación de aplicación, espero les pueda ayudar a entender dicha reforma que tardo mas de año y medio en poder ser analizada y que a mi perspectiva complicará la aplicación del Amparo. Enseguida los menciono...

Breve Explicación del Artículo 16 Constitucional(Garantía de Seguridad Jurídica)


Por Daniel Vazquez

Y el artículo 16 suscribe lo siguiente.

“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. No podrá librarse ninguna orden de aprehensión o detención, sino por la autoridad judicial, sin que preceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal, y sin que estén apoyadas aquellas por declaración, bajo protesta, de persona digna de fe o por otros datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado, hecha excepción de los casos de flagrante delito en que cualquiera persona puede aprehender al delincuente y a sus cómplices, poniéndolos sin demora a disposición de la autoridad inmediata. Solamente en casos urgentes, cuando no haya en el lugar ninguna autoridad judicial y tratándose de delitos que se persiguen de oficio, podrá la autoridad administrativa, bajo su mas estrecha responsabilidad, decretar la detención de un acusado, poniendolo inmediatamente a disposición de la autoridad judicial. En toda orden de cateo, que solo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresara el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.

Peña Nieto y su "periodo de gracia"


Por Daniel Vazquez

Apenas han pasado unos pocos de mandato de nuestro actual presidente Enrique Peña Nieto y en la mayoría de las personas ya ha generado más incertidumbre que certeza. Siempre hay un periodo de gracia para cada nuevo mandatario, esto es cuando cualquier individuo  a pesar de que no gano su candidato pretende tener algún tipo de esperanza sobre el que fue triunfador. Y este periodo de gracia parece que se le acabo a Enrique Peña Nieto. Y me gustaría aclarar que el periodo de gracia también llego a los partidos políticos que suscribieron un "gran" pacto por México.

Nociones sobre Criminología


CAUSAS DE LA CONDUCTA CRIMINAL

BIOLÓGICAS

Trastornos bioquímicos

SOCIOLÓGICAS
pobreza
Estructura social
Culpabilizar a la víctima
Conflicto social

PSICOLÓGICAS 

Como reacción orgánica: desde el modelo psicobiologico
Como reacción emocional : desde el modelo intrapsiquico (freudiano)
Como reacción aprendida: desde el modelo conductista
Como reacción a la socialización: aprendizaje social. Desde la perspectiva social 

Las Candidaturas Independientes...

 Por Luis Eduardo García Alba


Con la reforma Constitucional de 9 de agosto de 2012 se abre una puerta a la participación ciudadana en la renovación del poder público.

Dicha reforma además de modificar el formato para la toma de Protesta Constitucional del Presidente de la República, crear la figura de la iniciativa preferente, las Consultas populares e iniciativas ciudadanas y ampliar las facultades de Control del Senado de la República, también plasmo en la Constitución la figura de las candidaturas ciudadanas a puestos de elección popular como algunos medios la llamaron, erróneamente, ya que todas las candidaturas son ciudadanas, por el simple hecho de que para postularse a un puesto de elección popular se necesita ser ciudadano de la República y reunir los requisitos del articulo 34 constitucional, para que una vez que se colman dichos requisitos se pueda acceder a las prerrogativas de los ciudadanos (art. 35 C.P.E.U.M.) así como a observar las obligaciones que ello implica (art.36 C.P.E.U.M.).
Desde que fue aprobada la reforma política, la señale de incompleta en otro artículo que publique criticando la reforma en comento (http://www.danielmvazquez91.blogspot.mx/2012/07/reforma-politica-dejaron-para-manana-lo.html).