Breve Explicación del Artículo 6o. Constitucional (Libertad de expresión.)

Por Daniel Vazquez



El Artículo 6to dispone:

“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.”

Breve Explicación del Artículo 7o.Constitucional (Libertad de imprenta.)

Por Daniel Vazquez



El Artículo 7º. Dispone lo siguiente.

“Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene mas limites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.

El Constitucionalismo Iberoamericano

Por Daniel Vazquez



En estás líneas sostendré que el Estado constitucional y el constitucionalismo Iberoamericano de las primeras décadas del siglo XIX constituyen un cuarto modelo, parecido en tanto que régimen constitucional al caso francés, inglés y norteamericano, pero también, distinto, es decir, dotado de ciertas especificidades. Ello ocurrió por la débil recepción de la teoría epistemológica ilustrada, por la pervivencia de la doctrina aristotélico-tomista, por la mantención de la mentalidad estamental escolástica y por la ausencia de una burguesía potente y consolidada en los territorios luso-hispanos.

El Poder Judicial Y Creación de Derecho



Por Daniel Vazquez

El título de este artículo nos indica que los Jueces no sólo juzgan sino también crean derecho. Lo que aquí interesa es iniciar una reflexión que no tiene desarrollo en la historia constitucional, en la dogmática constitucional, en la dogmática procesal, o en la historia institucional del Poder Judicial en el proceso mismo de creación de leyes, es decir, su accionar  a propósito del proceso de formación de la ley. Ya sea en su manifestación más fuerte, a saber, presentando proyectos de ley y debatiendo en el Parlamento, o en su manifestación más débil, como ente que colabora en un organismo encargado de emitir dictámenes sobre proyectos de ley.