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Breve Explicaciòn del Articulo 19 Constitucional(Vinculaciòn a Proceso)

Por Daniel Vazquez



El plazo constitucional de las 72 horas:

Este plazo comienza a correr desde el momento en que el probable autor del delito es puesto a disposición de la autoridad judicial, si en esas 72 horas no se dicta un auto de formal prisión, deberá dictarse uno de libertad o de sujeción a proceso, este plazo pude prorrogarse si se cumplen ciertos requisitos y podrá solicitarlo el indiciado o el defensor.

Breve Explicaciòn del Artìculo 17 Constitucional(Justicia-DeudasCiviles)

Por Daniel Vazquez



Ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

El Federalismo Alemán

Por Daniel Vazquez

Alemania es, según el artículo 20 de su ley fundamental una república, democrática, estado de derecho, estado social, estado federal. Su orden político y económico se basa en la Constitución de 1949 o la ya mencionada Ley Fundamental (Grundgesetz). El poder legislativo nacional se conforma por el Bundestag (cámara baja o Asamblea Federal), cuyos miembros son elegidos cada cuatro años por sufragio universal, y el Bundesrat (cámara alta o Consejo Federal), que se compone de 69 representantes de los 16 Estados federados (länder). Cabe señalar que la Alemania Occidental se convirtió en 1949 en la República Federal de Alemania, y se componía de 11 Länder. Al término de la Segunda Guerra Mundial, Alemania quedó dividida en la “República Federal” (Alemania Occidental) y la “República Democrática” (Alemania Oriental). El muro de Berlín, símbolo de la división, cayó en 1989 y, un año después, Alemania se reunificó (1990) por lo que se adhieren 5 Länder  más, dando un total de 16 estados que prevalecen en la actualidad.

Concepto de Estado y sus Elementos

CONCEPTO DE ESTADO

Por Daniel Vazquez 

Etimológicamente significa el orden que permanece. El Estado ha existido como organización política en diversas facetas desde las primeras civilizaciones, sin embargo el término Estado es relativamente contemporáneo, proviene de la era moderna y es utilizado por primera vez en la obra de Maquiavelo El príncipe.
No existe un concepto universalmente aceptado del Estado. Los diferentes conceptos del Estado, se deben a la formación intelectual, ideología, credo político y religioso, las corrientes filosóficas y científicas de cada uno de los filósofos, investigadores y catedráticos que se han dedicado al estudio del Estado y su conformación.
Luis Ponce de León (1996) afirma que el Estado es una organización política, cuyo objeto es el orden social en la justicia, éste además remarca en repetidas ocasiones la importancia del derecho para lograr este fin. La organización política a la que se refiere Ponce de León se basa en las organizaciones políticas pretéritas y la sociedad en que se desenvuelven. El Estado en sí mismo es un convenio, un pacto social para la mejor convivencia, y este pacto social es posible mediante la normatividad jurídica. García Máynez (1940) reafirma y complementa este concepto añadiendoel tópico de territorio en el que la sociedad está bajo un poder de dominación.

La Calidad de la Democracia en México

Por Daniel Vazquez

En esta espacio analizare la calidad de la democracia desde la perspectiva de Ferrajoli,  ya que desde mi punto de vista tiene los elementos para hacer un estudio mas objetivo que es a lo que quiero llegar en este pequeño ejercicio.
Como bien lo dice el material del presente diplomado, el concepto de democracia es complejo, pero lo que siembre va unido son los conceptos: poder, pueblo, decisiones, gobierno y derechos. En este caso lo que cambie es a que se le va dar mas importancia y cuáles son los fines de la democracia.

¿Amparo O Desamparo Fiscal?


Por José Martín Lugo Vizcaya
Me estremece profundamente escribir sobre nuestro juicio de garantías mejor conocido como el Recurso de Amparo quien en teoría es el  guardián del Derecho y de la Constitución  mismo que  tiene como finalidad proteger los derechos  del ciudadano  en contra de excesos o defectos de los actos de autoridad.  En este caso en particular  tocaremos la aplicación de éste a la  materia fiscal concretamente, específicamente  contra las contribuciones requeridas y en ese orden de ideas  llegar a la conclusión sobre  si efectivamente podemos hablar de un Amparo o Desamparo Fiscal.

Concepto y Aplicación de la Democracia Indirecta


Por Daniel Vazquez
Hay que tener presente que existen tres procesos del poder, uno que se marca en el origen que se ve reflejado en la elección de los representantes; otro momento que es en el ejercicio del poder, la toma decisiones de quienes ejercen el poder y que es materia de nuestro tema. En ambos casos se trata de lograr lo mismo que es la legitimidad del poder político pero en momentos distintos, pero esto se logra en primer lugar teniendo un buen subsistema electoral y en el cómo  se debe de ejercer el poder, se legitima a través de un adecuado diseño de estructura de democracia semidirecta.

La Libertad de Prensa en México

Por José Martín Lugo Vizcaya


El artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra entre otras cosas, el derecho a informar con libertad, toda vez que del alma de dicho precepto constitucional se desprenden ideas tales como “La manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa” situación que evidentemente no sucede, los periodistas en nuestro país son presos políticos, son perseguidos y asesinados, por el crimen organizado, y también por el de cuello blanco, lo anterior a causa de decir la verdad de los acontecimientos que suceden en nuestro territorio, esa verdad que para las y los pocos que tienen en control  en este país es materia de censura, que incluso puede ser callada o callado con la muerte.

Breve Explicación del Articulo 22 Constitucional

Por Daniel Vazquez
Quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales.

Analisis del Federalismo Judicial al Día de Hoy

Por Daniel Vazquez

Una Federación es un conjunto de estados que autónomos que deciden unirse para formar una autoridad superior, para así lograr conseguir sus objetivos planeados, cediendo su soberanía a esta autoridad superior llamada Federación, y únicamente conservando su autonomía en ciertos aspectos legislativos, administrativos y judiciales, Como respuesta a la exigencia de organización de todo Estado, dividido en cuanto a su población, dada su distribución en distintos ámbitos territoriales, que reconoce la necesidad de la unidad en ciertas materias de la legislación y en determinados aspectos del gobierno, pero también la necesaria autonomía para esos espacios geopolíticos o demarcaciones territoriales internas, surge el Federalismo, como doctrina política que sustenta el modelo del Estado Federal.

Breve Explicación del Artículo 18 Constitucional (Prisión Preventiva)


Por Daniel Vazquez  

Solo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de esta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

Breve Explicacion del Artículo 1o.Cuarto Párrafo (Prohibición de la esclavitud) .



 Por Daniel Vazquez
 El párrafo segundo del artículo del artículo 1º. Constitucional establece lo siguiente:

“Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.”

Breve Explicación del Articulo 20 Constitucional (Garantías Jurídicas del Acusado)

Por Daniel Vazquez

ARTICULO 20 CONSTITUCIONAL

En todo juicio del orden criminal tendrá el acusado las siguientes garantías:

 I. Inmediatamente que lo solicite será puesto en libertad provisional bajo caución, que fijara el juzgador, tomando en cuenta sus circunstancias personales y la gravedad del delito que se le impute siempre que dicho delito, incluyendo sus modalidades, merezca ser sancionado con pena cuyo termino medio aritmético no sea mayor de cinco años de prisión, sin mas requisito que poner la suma de dinero respectiva, a disposición de la autoridad judicial, u otorgar otra caución bastante para asegurarla, bajo la responsabilidad del juzgador en su aceptación.

Breve Explicación del Artículo 8vo.Constitucional (Derecho de Petición)

Por Daniel Vazquez

El artículo 8o. de la Constitución Federal asegura la necesaria comunicación entre gobernados y autoridades. Previene que, en el marco de la ley y del respeto, las peticiones o instancias que formulen los sujetos activos de las garantías individuales sean atendidas de modo expeditivo por las autoridades del Estado, con miras a desvanecer la incertidumbre de la seguridad que, en la esfera jurídica, le corresponde a todo gobernado. Se trata, pues, de una obligación positiva a cargo de las autoridades, que deben decir si conceden o no lo solicitado y exponer razones y fundamentos para no dejar al solicitante en estado de incertidumbre jurídica o indefensión.

¿Federalismo en Mexico? o ¿Centralizaciòn?

Por Daniel Vazquez



 Este trabajo lo dividimos en cuatro bloques, una breve introducción, un preámbulo histórico, actualidad del federalismo y por ultima una critica constructiva.

La evolución histórica de la organización del Estado Mexicano, implica un minucioso análisis sobre el tema, específicamente sobre la aceptación y adaptación  del Federalismo en nuestro sistema de administración pública. En ese sentido, no existe un Estado que no haya sufrido modificaciones en su forma de organización originaria, ya que los constantes cambios económicos, políticos y sociales de cada país, aunado a las diversas ideologías de los grupos en el poder, originan cambios sustanciales en la organización administrativa, los cuales en muchas de las ocasiones sirven para modernizar al Estado; ya que si un Estado conserva una administración tradicional, sus  ciudadanos demandarían una desatención de los problemas sociales.

Breve Explicación del Artículo 6o. Constitucional (Libertad de expresión.)

Por Daniel Vazquez



El Artículo 6to dispone:

“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.”

Breve Explicación del Artículo 7o.Constitucional (Libertad de imprenta.)

Por Daniel Vazquez



El Artículo 7º. Dispone lo siguiente.

“Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene mas limites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.

El Constitucionalismo Iberoamericano

Por Daniel Vazquez



En estás líneas sostendré que el Estado constitucional y el constitucionalismo Iberoamericano de las primeras décadas del siglo XIX constituyen un cuarto modelo, parecido en tanto que régimen constitucional al caso francés, inglés y norteamericano, pero también, distinto, es decir, dotado de ciertas especificidades. Ello ocurrió por la débil recepción de la teoría epistemológica ilustrada, por la pervivencia de la doctrina aristotélico-tomista, por la mantención de la mentalidad estamental escolástica y por la ausencia de una burguesía potente y consolidada en los territorios luso-hispanos.

¿Tarea Legislativa por parte de los Jueces?


Por Daniel Vazquez

Plantear   la   posibilidad   de   que   los  Jueces   colaboren   en   el   proceso  de creación de derecho, bajo la modalidad de juicio de albedrío, es decir,  que creen normas para salvar vacíos normativos, choca con el principio contemporáneo de la división de poderes. Según las doctrinas y creencias políticas  decimonónicas mas generalizadas, los Jueces no legislan, y no lo deben hacer pues de lo contrario se atentaría contra la ley como expresión de la voluntad general.

Breve Explicación del Artículo 24 Constitucional(Garantía de Libertad Religiosa)

Por Daniel Vazquez



EL Art. 24 Constitucional ordena:

Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que mas le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo en los templos o en su domicilio particular, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.

Todo acto religioso de culto publico deberá celebrarse precisamente dentro de los templos, los cuales estarán siempre bajo la vigilancia de la autoridad.”

Este artículo otorga la libertad religiosa, que según la Segunda Sala de la Corte se refiere a "la libre profesión de una creencia religiosa y a la práctica de ceremonias, devociones o actos del culto, en los templos o en los domicilios particulares, y sólo puede entenderse en el sentido de que todo individuo es libre para practicar las ceremonias o actos del culto de su religión, en los templos que existan abiertos al culto, de acuerdo con las leyes respectivas".[1]