Concepto de Libertad y Breve explicacion Artículo 1ro Constitucional(Prohibición de Exclavitud)

 Por Daniel Vazquez

Concepto de Libertad

Definir el concepto de libertad es una de las tareas más complejas del conjunto de ciencias sociales. Su estudio se puede hacer, con los distintos matices metodológicos, en cada una de ellas, ya que supone un supuesto necesario.

La libertad cobra sentido cuando es reconocida a todos por igual; obviamente el reconocimiento de la libertad en condiciones de igualdad no genera, por si mismo y de forma automática, un igual ejercicio de libertad por cada persona; el ejercicio de las libertades depende también de los medios con que cuente cada uno para realizarlo.

La palabra "libertad" proviene del latín libertas, – atis, y gramaticalmente significa "facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos", así como "estado o condición de quien no es esclavo". La razón permite que el hombre actúe de un modo u otro, o que no lo haga, pues la idea de libertad sólo puede predicarse respecto de seres racionales. Por lo demás, quien no es esclavo se considera libre porque nadie restringe su facultad de obrar
Como su razón le indique.


También se ha estudiado a la libertad según una clasificación que la divide en positiva y negativa. La primera implica que un sujeto oriente su voluntad hacia un objetivo sin que tal acto sea determinado por la voluntad de otros, mientras que la segunda supone que un individuo esté facultado para obrar o no. La positiva también se entiende como autonomía o autodeterminación y generalmente alude a una colectividad, en tanto que la negativa es exclusiva del individuo y se traduce en que éste haga lo que las leyes permiten y no haga lo que prohíben.

Filosóficamente, la libertad que importa es la negativa, la plena autodeterminación para hacer o dejar de hacer algo. Este tipo de libertad corresponde al fuero interno, de ahí que no importe al derecho. Cuando la libertad negativa y la positiva se unen, puede concluirse que una sociedad es libre, pues la libertad negativa presupone a la positiva, con tal que la facultad libertaria de los hombres no se desproporcione y, en consecuencia, afecte a la sociedad.

La libertad negativa y la positiva pueden equipararse, respectivamente, con la libertad subjetiva y la social. La subjetiva es propia del fuero íntimo del sujeto, en tanto que la social sí es considerada por el derecho, pues implica que cuando un sujeto exterioriza su libertad mediante actos, puede incidir en la esfera de libertad de otros. La completa libertad subjetiva sólo se concibe en el estado de naturaleza en que, según Rousseau, se encontró el hombre antes de vivir en sociedad.

Actualmente la libertad se concibe con base en la normativa jurídica, como se verá en el apartado siguiente.
En resumen, la libertad, genéricamente considerada, es la facultad racional del hombre que le permite encauzar su voluntad hacia los objetivos que desee, sin que tal acción trascienda el ámbito que comparte el común de los hombres y sin que nadie pueda restringirla.

Jurídicamente, la libertad no puede ser sólo subjetiva. La vida social impide al hombre desplegar su voluntad como si estuviera aislado.

A este respecto, conviene tener presente que la correcta marcha de todo conglomerado humano debe regirse por un principio de orden, sustento
de la armonía y, por ende, de la sana convivencia social. Entonces, la libertad social es la relevante para el derecho, que no desconoce la trascendencia de los actos humanos surgidos del ejercicio de la libertad subjetiva. Es decir, si el acto de un individuo aislado interfiere en la evolución pacífica de la sociedad, el orden jurídico debe señalar las prevenciones necesarias para que la libertad individual no altere la social. En toda organización humana se limita imperativamente el ejercicio pleno de la libertad.

Los Estados modernos deben asegurar que sus habitantes no cedan al libertinaje, de ahí que elaboren leyes destinadas no sólo a configurar las instituciones que regirán a la sociedad, sino también a establecer las restricciones necesarias al ejercicio de la libertad.

En suma, puede concluirse que, jurídicamente, la libertad es la facultad adecuada a los intereses de la sociedad, con que el individuo realiza los fines que se ha propuesto, dentro de los límites impuestos por el orden jurídico y a favor de la persistencia de las relaciones armónicas entre los individuos que la integran.

Comenzando con este trabajo y empezando a analizar el concepto de libertad, se puede afirmar que la libertad se refiere a un estado personal contrario a la esclavitud, una persona considerada libre siempre que no sea un esclavo.

Se puede decir que la libertad se puede oponer al concepto de poder y autoritarismo. Será libre quien no este sujeto a ningún poder, es decir, a cualquier tipo de influencia o determinación de  cual pueda cambiar su conducta. Su alguien puede ejercer cualquier tipo de poder sobre la persona, entonces podemos decir que no hay libertad.

Se puede decir que los derechos de la libertad generan ámbitos de inmunidad a favor de los individuos, que no pueden ser traspasados por el Estado y sus órganos de autoridad.

Es decir que algunos derechos de libertad son limitaciones a la conducta del gobernado, y tambien que pueda ser una libertad que el Estado no puede intrometerse en nuestras conducta y derechos. El Estado tiene que estar preocupado por hacer que no interfieran en nuestras conductas.

Artículo 1o. segundo párrafo (Prohibición de la esclavitud)

El párrafo segundo del artículo del artículo 1º. Constitucional establece lo siguiente:

“Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.”

El segundo párrafo del actual artículo 1o. constitucional fue el contenido del artículo 2o. de la propia Constitución hasta antes del 14 de agosto de 2001. Este segundo párrafo prohíbe la existencia de la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos, para no hacer nugatorio el principio de libertad, impensable donde se permita la dominación de unos hombres sobre otros.

La palabra esclavitud tiene las siguientes acepciones: "estado de esclavo" y "sujeción excesiva por la cual se ve sometida una persona a otra, o a un trabajo u obligación". La esclavitud ha sido regulada a través de los siglos; se le ha concebido como una relación jurídica, en cuya virtud una persona pierde la calidad de tal para convertirse en una cosa, volviéndose así susceptible de formar parte de las propiedades de alguien más.

El fin del segundo párrafo del artículo en comento es una garantía congruente con el texto del primer párrafo del propio artículo; para que todos los individuos gocen por igual de las garantías individuales, deben ser libres, pues hallarse en un estado de subordinación respecto de otra persona les impediría ejercer voluntariamente sus derechos. En el plano internacional, el rechazo a la esclavitud se ha reflejado en varios convenios, pactos y tratados.

En su artículo 6o., la Convención Americana sobre Derechos Humanos indica: "Nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre, y tanto éstas, como la trata de esclavos y la trata de mujeres están prohibidas en todas sus formas." Por su parte, el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos (1976), en su artículo 8o., prevé: "Nadie estará sometido a esclavitud. La esclavitud y la trata de esclavos estarán prohibidas en todas sus formas." Esta disposición se repite en el artículo 4o. de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia en la tesis XCIX/92: "El artículo 2o. de la Constitución proscribe la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. El fin de dicho precepto consiste en garantizar la libertad del individuo de cualquier intento de imponer sobre su persona todo tipo de servidumbre o poder ilimitado".

*Si  bien es cierto que en la actualidad la existencia de la esclavitud como institución formal es relativamente escasa en el mundo entero, su práctica se sigue dando de forma velada, siguen habiendo muchas maneras de esclavitud y de malos tratos a las personas. Las vejaciones a la dignidad humana se han vuelto más sutiles, pero siguen existiendo en buena parte del planeta incluyendo desde luego a los países democráticos como lo es México. Uno de los factores son las pesiadas condiciones económicas en las que vive un gran porcentaje de la población mundial, han permitido el desarrollo de nuevas formas de esclavizaje y de dependencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario