Breve explicación Artículo 4° Const.(Libertad de Procreación)

Por Daniel Vazquez

Artículo 4o. segundo párrafo (Libertad de procreación.)

“El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de ésta Constitución.


Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental. La ley determinará los apoyos a la protección de los menores, a cargo de las instituciones públicas.”

El segundo párrafo del artículo 4º. Contiene no un principio, como lo puede ser el de la composición multicultural del Estado mexicano, ni un mandato al legislador, sino un derecho de libertad: la libertad que corresponde a todo individuo de decidir, “ de manera libre, responsable e informada3 sobre el numero de hijos que quiera tener y sobre el espaciamiento entre ellos, en el caso de que decida tener mas de uno.

El segundo párrafo del artículo 4o. constitucional dispone que "toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos", lo que se traduce en el derecho de los gobernados a decidir, libremente, tener o no tener descendencia. A nadie se le condiciona a estar casado para tener hijos; aquí, la intención del Constituyente fue que todos los gobernados, por igual, tuvieran en cuenta la conveniencia de tener o no tener hijos.

Este derecho supone una obligación activa por parte del Estado, consistente en difundir medios de control de la natalidad para ayudar a los individuos a escoger el número exacto de hijos que deseen. Las campañas informativas que emprenda el Estado deben ser constantes, para efectos de que las personas puedan contar con elementos que los auxilien al momento de planificar su familia. La expresión "planeación familiar" entraña que las personas cuenten con la responsabilidad y la información necesarias para decidir cuántos hijos quieren tener.

De dicha planeación depende que los hijos se desarrollen pacíficamente y sin carencias, lo que sólo sucede cuando existe un espacio suficiente para que toda la familia subsista sin privaciones.
Este artículo determina dos tipos de garantías: de libertad y de igualdad. Como garantía de libertad, existe cuando se da a la pareja la libre opción de elegir el número y espaciamiento entre sus hijos, de una manera responsable. La segunda, en tanto que dispone que el hombre y la mujer son iguales ante la ley.

Muchas Gracias.

6 comentarios:

  1. Disculpa, art. 4 de qué constitución?

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  2. En el primer párrafo señala al varón y mujer son iguales ante la ley, después sigue el punto y seguido, recordemos las reglas gramaticales jurídicas, 2 enunciados tienen entre sí, sí hay un punto y seguido, por lo tanto como apunta al concepto familia, podemos entonces interpretar que asume que está formada por el varón y la mujer.

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  3. Lo que caracteriza al hombre " de ciencia" , no culto.

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