Concepto de Estado y sus Elementos

CONCEPTO DE ESTADO

Por Daniel Vazquez 

Etimológicamente significa el orden que permanece. El Estado ha existido como organización política en diversas facetas desde las primeras civilizaciones, sin embargo el término Estado es relativamente contemporáneo, proviene de la era moderna y es utilizado por primera vez en la obra de Maquiavelo El príncipe.
No existe un concepto universalmente aceptado del Estado. Los diferentes conceptos del Estado, se deben a la formación intelectual, ideología, credo político y religioso, las corrientes filosóficas y científicas de cada uno de los filósofos, investigadores y catedráticos que se han dedicado al estudio del Estado y su conformación.
Luis Ponce de León (1996) afirma que el Estado es una organización política, cuyo objeto es el orden social en la justicia, éste además remarca en repetidas ocasiones la importancia del derecho para lograr este fin. La organización política a la que se refiere Ponce de León se basa en las organizaciones políticas pretéritas y la sociedad en que se desenvuelven. El Estado en sí mismo es un convenio, un pacto social para la mejor convivencia, y este pacto social es posible mediante la normatividad jurídica. García Máynez (1940) reafirma y complementa este concepto añadiendoel tópico de territorio en el que la sociedad está bajo un poder de dominación.

El Estado muestra una realidad física, sino predominantemente psíquica, que descansa en relaciones internas humanas y debe tener siempre un doble aspecto: el social y el jurídico. El social ve al estado como un producto de la convivencia humana y el jurídico se basa en las normas de convivencia coercitivas.
Estos diferentes conceptos de Estado a los que nos hemos remitido no se contraponen si no por el contrario se enlazan y nos dan un punto de vista más amplio del Estado.
 ELEMENTOS DEL ESTADO
Todas las definiciones anteriores revelan que son tres elementos los que constituyen la organización estatal: la población, el territorio y el poder.
Ponce de León (1996) distingue al derecho como un criterio complementario al Estado, pues un instrumento para regir, regular y armonizar las relaciones humanas y sus instituciones.
Jean Dabin (1889), clasificaba a los elementos del Estado en dos rubros: elementos previos y elementos constitutivos. Los primeros engloban a la población y al territorio,  y el poder público o autoridad lo ubica dentro del segundo grupo. García Máynez (1940) utiliza esta misma clasificación pero denominando a los elementos previos como elementos formales y a los elementos constitutivos como elementos materiales. De esta clasificación se atribuyen tres caracteres del Estado: la personalidad moral, la soberanía y la sumisión del derecho.
-           PUEBLO
Se les refiere también con los nombres de población o sociedad. Es el elemento fundamental para la conformación de Estado, dado que el objeto de éste es el ser humano en sus relaciones, y al multiplicarse estas surge la población o sociedad. Debido a que requiere organizarse políticamente esta organización genera los demás elementos del Estado.
La población es una agrupación de hombres, es decir seres racionales y libres, dotados de un destino individual propio, que trascienden de cualquier colectividad. No es importante el número de personas que compongan esta asociación.
La clasificación que hace Pereznieto Castro (2010) la divide en nación y población.
·         Población: Se refiere a aspectos meramente cuantitativos del pueblo, captados por conceptos matemáticos y estadísticos.
·         Nación: Cuando hacemos alusión a una comunidad cultural de idioma, religión, sentimiento común de pertenencia a la misma historia y al mismo origen.
Podemos decir entonces, que la nacionalidad está condicionada por un vínculo jurídico específico de pertenencia al Estado. Aunque esta última debe ser distinguida de la ciudadanía que es la capacidad de intervenir con el carácter de órgano en la vida pública.
El vínculo antes mencionado en el caso de la nacionalidad mexicana está fundamentado en el artículo 30 de la Constitución Mexicana, menciona como puedes adquirir la nacionalidad Mexicana. Y con respecto a la conformación de la población Orozco Garibay (2009) dice:
La población o elemento humano de un municipio se encuentran conformados por:
A)     Originarios: Son las personas que nacieron en dicho municipio;
B)      Habitantes: Son las personas que residen en su territorio;
C)      Vecinos: Son las personas que llevan más de seis meses viviendo en dicho municipio;
D)     Ciudadanos: Son los Mexicanos mayores de 18 años, que tienen un modo honesto de vivir y que además tienen la característica de ser originarios o vecinos del municipio.
García Máynez (1940) clasifica la población según el ejercicio del poder que ejerce el Estado sobre ella, puede ser un objeto o un sujeto de la actividad estatal
·         Súbdito: es un pueblo sometido a la autoridad política, forma el objeto del ejercicio del poder.
·         Ciudadano: participa en la voluntad general, son los sujetos de la actividad del estado.
Los derechos que el individuo puede ejercer frente al Estado es lo que se denomina status personal y son de tres tipos:
·         Derecho a la libertad: Significa que las personas se encuentran sujetas a un poder limitado, tiene como límite el conjunto de deberes que el orden le impone. Es una facultad normativa reconocida.
·         Derechos que se traducen en la facultad de pedir la intervención del Estado a favor de interese individuales: Constituido por los derechos cuyo ejercicio tienen a la obtención de servicios positivos, por parte del Estado, como los derechos de acción y petición.
·         Derechos políticos: Los que permiten a los particulares el desempeño de funciones orgánicas (votar, ser votado, tomar las armas en defensa de la patria, etc.) Estas facultades que hacen posible imputar a la persona jurídica estatal, actos realizados por personas físicas.

-          TERRITORIO.
Castro Pereznieto (2010) define al territorio como el área geográfica donde el Estado ejerce su poder, exige una clara delimitación, y la definición precisa de sus fronteras. El ejercicio del poder estatal solo podrá ejecutarse válidamente dentro de los límites del territorio estatal. Hace mención  de tres tipos de fronteras. Le dice frontera de tierra, a la frontera política establecida por los Estados y acordados por medio de tratados internacionales. Las fronteras marítimas las establece la Convención Internacional de la ONU. Y en cuanto la frontera de aire hay dos posturas, quienes dicen que corresponde a un territorio todo el aire que esté por encima del mismo y quienes dicen que esta frontera es invalida.
 La delimitación precisa de las fronteras de un Estado es un elemento de seguridad jurídica, puesto que le permite prever a un individuo que se encuentra en determinado territorio, se aplica a todas las situaciones que se presenten en el territorio del Estado independientemente de la nacionalidad de los individuos que en las mismas intervienen.
Ponce de León (1996) se refiere al Estado de la siguiente forma:
El entorno natural incluye al territorio, además de que constituye a un elemento fundamental del estado, por que el ser humano no es posible sin el mismo, la protección del entorno implica la protección de ser humano como cedula social y la protección de la sociedad en general como conjunto de cedulas, órganos, tejidos, sistemas sociales, y organismo social en general.
Territorio concebido como una unidad social efectiva, implica una unidad geográfica –un Estado-, un territorio. El territorio de un Estado no consiste necesariamente en una porción de tierra a lo que podemos llamar territorio integral. Al territorio de un Estado pueden pertenecer, sus colonias o unidades jurídicas, que vienen a constituir el ámbito espacial de validez del orden jurídico llamado Estado. Por eso se habla de impenetrabilidad del Estado; es decir, territorio en sentido estricto.
El territorio abarca no dolo la superficie, sino también el subsuelo, el espacio atmosférico, las costas y literales con su existencia de mar territorial. Las características de cada uno de estos elementos, así como sus fronteras o límites del Estado, están fijados por la Constitución Política del Estado en cuestión y los tratados internacionales.
El territorio del Estado es naturalmente un espacio tridimensional. El pueblo del Estado es el ámbito personal de validez del ámbito jurídico nacional.  El orden jurídico, regula la conducta de un individuo cuando enlaza una sanción coercitiva a la conducta contraria, como condición del acto coactivo.
Extraterritoriedad, en un principio, un Estado puede, dentro de su territorio dirigir actos coercitivos contra cualquier persona. Pero, esta regla del derecho internacional está sujeta a excepciones, como que ciertos individuos como jefes de Estado, pueden disfrutar de una exención relativa a la aplicación de las leyes ordinarias del Estado.
Si clasificamos el territorio de acuerdo al ejercicio del poder, Jellinek propone hacer una separación entre Negativo y Positivo. Nos referimos a Negativo cuando ningún poder extraño puede ejercer su autoridad sin el consentimiento del Estado y Positivo se refiere a todas las personas que viven en el mismo ámbito se encuentran sujetas al poder estatal. [1]
Puede sin embargo tener sus excepciones aparentes:
·         Condominium, el momento en el que dos o más Estados conjuntamente ejercen su soberanía sobre un solo territorio, esto es indudablemente una situación pasajera.
·         Mediante la elaboración de un tratado.
·         En virtud de una ocupación militar, el poder del ocupado es substituido por el del ocupante, que se ejerce en forma exclusiva en dicho ámbito.

El poder del Estado se ejerce no directamente en el territorio, que representa el espacio en el que tienen vigencia las normas que el Estado crea o reconoce, sino a través de las personas que integran la población estatal. El territorio es un medio o un instrumento al servicio del fin del Estado. Es una condición de existencia sin la cual ni el hombre ni el Estado podría subsistir.
-          GOBIERNO.
Se trata con el nombre de la conducción política o poder. La sociedad en su conjunto necesita conducción, la cual solo es posible mediante un poder que la sociedad le otorga aun mandatario. Esta conducción política es importante que se dé en todos los niveles y modalidades de la organización política. La conducción política adecuada de la sociedad genera mejores instituciones y a su vez mejores leyes para la convivencia.
Es un cuerpo técnico administrativo que es el intermedio entre el pueblo soberano y los funcionarios, encargados de la elaboración y ejecución de las normas jurídicas y del mantenimiento de los fines del derecho. Es el gobierno una persona moral con facultades constitucionales. Es  por lo tanto, el conjunto de organismo políticos y personas que dirigen un Estado.
La autoridad o poder público temporal es tal vez, la característica más visible del Estado. Representa la causa formal del Estado: es la consecución del bien público temporal que dirige, coordina, estimula y sanciona. Es una exteriorización particular del múltiple y complejo problema de la autoridad en la vida social, si bien en todos los grupos sociales hay autoridad, la autoridad del Estado es una autoridad total que goza del monopolio de la coacción física, es decir de ella a nadie puede escaparse.
El  bien público temporal se entiende como el mantener, fomentar y proteger un ambiente propicio para todos los hombres que le  están encomendados, alcancen la perfección a que aspiran o pueden aspirar según su naturaleza racional.




[1]Jellinek, pp. 96 y 97, citado por García Máynez (1940).

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